Interesante artículo del bueno de Javier que hace hincapié una defecto de forma de la propia SGAE. Obligada lectura, por supuesto.

Siempre se dice eso de que “no conocer una ley no te exime de cumplirla”. Vale, hasta aquí bien. Yo ahora me monto una web y alojo contenidos con derechos de autor, y sé que los tienen (para más inri) pero…

Ahora “quien sea” me denuncia, y me llevan a juicio (tanto con juez como “sin juez”)… ¿por qué me van a condenar si no hay ningún sitio ni ninguna forma en España de conseguir la lista de “cosas protegidas”?

En muchas ocasiones muchas personas, empresas y asociaciones han intentado conseguir la lista de autores que están protegidos bajo derechos de autor, pero “esa lista” no existe, y si existe, no es pública como para que “cualquier ciudadano” tenga acceso a ella… así que…

Si algún día alguien me denunciase y me amenazase con que mi web tiene contenidos con derechos de autor, yo como proveedor de servicios lo primero que debería conocer es esa lista de autores y contenidos que tienen los derechos, y, si no me proveen de esa lista, aunque yo “crea que los contenidos” puedan tener derechos de autor ¿cómo lo sé si no existe tal lista?

1 Comentarios:

    Creo que después de esta entrada, mañana mismo la publican, jajaja y con kopirraite, jajajaja.

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