Desde la llegada del Papa a España este fin de semana, se han venido sucediendo una serie de opiniones que tienen la fatal característica de estar basadas en dimes y diretes escuchados de oídas o mal entendidos y opiniones supuestamente autorizadas que se han limitado a tergiversar lo que se supone que es la realidad de las cosas y que poco o nada facilitan una discusión sosegada y aceptable en la que se afronte respetuosamente el debate sobre la financiación de la Iglesia Católica en España.

Navegando en Internet me he encontrado con esto, el Concordato firmado en el año 79,  que aún hoy permanece vigente, entre la Santa Sede Vaticana y la Nación Española.

Tal vez aquello en lo que más tinta haya corrido esta semana en periódicos y demás, sean los asuntos económicos que atan al estado y la Santa Sede a raíz del Concordato del 79.

Debo decir que leyendo el Concordato me he quedado a cuadros y he aprendido cosas que no sabía.

Por ejemplo, en el artículo II de los Asuntos Económicos entre la Santa Sede y el Estado Español, se dice claramente que papá estado no da directamente ni un duro a la Iglesia. El dinero que se da en el IRPF es voluntario y si el declarante olvida poner la equis en la casilla que desea, el Concordato acuerda que la suma de ese montante se destinará a las otras finalidades representadas en las otras casillas.

Para ello será preciso que cada contribuyente manifieste expresamente en la declaración respectiva su voluntad acerca del destino de la parte afectada. En ausencia de tal declaración, la cantidad correspondiente será destinada a otra finalidad.

Pero por otra parte en este mismo anexo, en sus artículos III y IV, se deja constancia de algo con lo que es complicado estar de acuerdo y que es lo que muchas veces se critica sin tener ni la más mínima idea de cómo explicarlo para que la gente lo entienda.

La Iglesia, en esos dos artículos que acabo de mencionar, se asegura una exención fiscal que es la que realmente acaba sumando la desorbitante cifra que tan mal explican aquellos que se sitúan en el anti-clericalismo más rancio y repulsivo en este país.

Según esos dos artículos, la Iglesia quedará libre de impuestos en los siguientes casos:

  • Además de los conceptos mencionados en el artículo I de este Acuerdo, la publicación de las instrucciones, ordenanzas, cartas pastorales, boletines diocesanos y cualquier otro documento de las autoridades eclesiásticas competentes y tampoco su fijación en los sitios de costumbre.
  • La actividad de enseñanza en seminarios diocesanos y religiosos, así como de las disciplinas eclesiásticas en Universidades de la Iglesia.
  • La adquisición de objetos destinados al culto.

Además, La Santa Sede, la Conferencia Episcopal, las diócesis, las parroquias y otras circunscripciones territoriales, las Órdenes y Congregaciones religiosas y los Institutos de vida consagrada y sus provincias y sus casas tendrán derecho a las siguientes exenciones:

  • Exención total y permanente de la Contribución Territorial Urbana de los siguientes inmuebles:
    • 1) Los templos y capillas destinados al culto y, asimismo, sus dependencias o edificios y locales anejos destinados a la actividad pastoral.
    • 2) La residencia de los Obispos, de los canónigos y de los sacerdotes con cura de almas.
    • 3) Los locales destinados a oficinas de la Curia diocesana y a oficinas parroquiales.
    • 4) Los seminarios destinados a la formación del clero diocesano y religioso y las Universidades eclesiásticas en tanto en cuanto impartan enseñanzas propias de disciplinas eclesiásticas.
    • 5) Los edificios destinados primordialmente a casas o conventos de las Órdenes, Congregaciones religiosas e Institutos de vida consagrada.
  • Exención total y permanente de los impuestos reales o de producto, sobre la renta y sobre el patrimonio.
  • Esta exención no alcanzará a los rendimientos que pudieran obtener por el ejercicio de explotaciones económicas, ni a los derivados de su patrimonio, cuando su uso se halle cedido, ni a las ganancias de capital, ni tampoco a los rendimientos sometidos a retención en la fuente por impuestos sobre la renta.
  • Exención total de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y Transmisiones Patrimoniales siempre que los bienes o derechos adquiridos se destinen al culto, a la sustentación del clero, al sagrado apostolado y al ejercicio de la caridad.
  • Exención de las contribuciones especiales y de la tasa de equivalencia, en tanto recaigan estos tributos sobre los bienes enumerados en la letra A) de este articulo.

Las cantidades donadas a los entes eclesiásticos enumerados en este artículo y destinadas a los fines expresados en el apartado C) darán derecho a las mismas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que las cantidades entregadas a entidades clasificadas o declaradas benéficas o de utilidad pública.

Mi conclusión:

Así las cosas he de decir que es cierto que el Estado Español no financia directamente a la Iglesia Católica, pero no podemos negar que sí lo hace indirectamente a través de exenciones fiscales que la favorecen de manera notable y que impiden que un servidor de ustedes esté tan seguro como antes de su posición de defensa de la Iglesia.

Eso sí, del mismo modo debo reconocer la imposibilidad de sumarme a las críticas que desde algunos sectores se realizan sistemáticamente contra los estamentos eclesiásticos por la simple razón de tenerlos como una reminiscencia del Franquismo, mientras se niegan a reconocer en ella a una guía espiritual para los millones de creyentes que hay en este país y que evidentemente se encuentran en todas y cada una de las sensibilidades políticas que lo componen.

Tienen razón los que defienden a la Iglesia y también los que la atacan, pero unos la pierden porque generalizan y los otros porque se niegan a ver el favoritismo que la caracteriza.

3 Comentarios:

    Dices que data de 1979, mas de 30 años... quizás habría que pensar en revisarlo.

    Políticamente muy correcto. Sí señor. Y además has estudiado, ja,ja,ja no se te puede dejar en casa, venga a trabajar que sino acabas de político...

    Espero que estés mejorando.

    Un abrazo.

    Bueno Eulogio, eso son los políticos los que lo tendrían que haber hecho. La Iglesia no se va a tirar piedras sobre su propia cabeza...

    Senovilla, desde conviviencia me he vuelto muy políticamente correcto :))

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